• SECORSE es una empresa mexicana donde llevamos a cabo nuestras actividades de manera legal, basándonos en las "Reglas de la ICC (Cámara Internacional de Comercio) para Combatir la Corrupción". Por lo tanto, resaltamos la importancia de conducirnos bajo buenas prácticas evitando así el soborno y la corrupción.

    En SECORSE estamos comprometidos en desarrollar buenas prácticas comerciales en cumplimiento de las normas y leyes aplicables, por lo tanto, hemos desarrollado esta “Política Anticorrupción” que tiene como finalidad complementar nuestro “Código de Conducta y Ética”, promoviendo altos estándares de integridad en las actividades con otras empresas y organismos públicos.

    Acentuando también bases para enfrentar cualquier tipo de conducta corrupta, de extorsión, instigación al delito o soborno.

Política Anticorrupción

Alcance

Aplicable a colaboradores de Servicios de Recuperación, Cobranza y Seguimiento, S. A. de C.V. [En adelante “SECORSE”], personal adscrito, clientes y proveedores [En adelante, “Externos”].

Políca Anticorrupción

Regulaciones Generales de Conducta

SECORSE, prohíbe las siguientes prácticas, ya sea de manera directa o indirecta:

Soborno

Es el ofrecimiento, promesa, autorización o aceptación de cualquier dádiva monetaria indebida o de cualquier otro beneficio o ventaja, a través de, o llevada a cabo por “SECORSE” o “Externos”, con el fin de obtener ingresos adicionales en beneficio propio. Por ejemplo: Negociaciones inapropiadas con brókeres, proveedores o clientes interesados en la adquisición de inmuebles. Así como la adjudicación de contratos de entidades públicas o privadas, para el suministro de servicios, permisos regulatorios, temas de impuestos, judiciales y administrativos.

El soborno con frecuencia incluye:

El compartir parte de la negociación de un cierre por venta, cesión y/o liquidación con nuestros proveedores o clientes, bajo el incumplimiento de una buena práctica, obteniendo beneficios o ventajas monetarias, materiales y/o favores personales.

Extorsión o Instigación al Delito

Es la exigencia de un soborno o pago, ya sea que se acompañe o no de una amenaza ante la negativa a proporcionar lo exigido.

Cualquier intento de instigación o extorsión deberá ser rechazado y se les exhorta a reportar tales eventos a través del Portal LES Línea Ética Secorse".

"Corrupción" o "Práctica(s) Corrupta(s)".

Para propósito de esta Política, se incluye el soborno, la extorsión o instigación al delito y el lavado de dinero del producto de estas prácticas.

Política Anticorrupción

Relación con Terceros

Se debe controlar y regular el comportamiento de nuestros proveedores, como: consultores, brókeres, abogados, contadores e intermediarios similares que actúen a nombre de SECORSE en relación con la comercialización de compra o venta, negociación de contratos, obtención de licencias, permisos u otras autorizaciones, o en relación con cualquier acción que beneficie a la Empresa y área de compras, bajo las directrices siguientes:

  • Instruirles para que no se involucren, ni toleren ningún acto de corrupción.
  • No utilizarlos como conducto para cometer algún acto de corrupción.
  • Contratarlos solo en la medida necesaria para el desarrollo normal del negocio.
  • No pagarles una remuneración mayor a la apropiada por los servicios que legítimamente le presten.

Política Anticorrupción

Socios Comerciales

Los Socios Comerciales incluyen: Terceros, así como contratistas y proveedores.

SECORSE deberá con respecto a un Tercero y en la medida de sus posibilidades, asegurar:

  1. Dejar claro que se espera que todas las actividades llevadas a cabo en nombre de Secorse cumplan con la presente Política.
  2. Ejecutar un acuerdo por escrito con el Tercero:
    • Informándole sobre la Presente “Política anticorrupción” y comprometiendo al Tercero a no prestarse para ningún acto de corrupción.

Se debe asegurar el control adecuado de las relaciones con Terceros y especialmente, que se mantenga un registro de los nombres, términos y condiciones de los acuerdos y pagos realizados. Estos registros deben estar disponibles para su inspección por el área de Auditoría Interna y por las autoridades gubernamentales apropiadas, que estén debidamente autorizadas y bajo condiciones de confidencialidad.

No tener transacciones con terceros de reputación dudosa, o de los cuales se tengan sospechas razonables de pagar sobornos.

Se debe de incluir en los contratos de prestaciones de bienes o servicios con terceros una cláusula que permita terminar o suspender la relación de negocios, en casos de violaciones a alguna ley anticorrupción o a lo establecido en la presente Política.

Política Anticorrupción

Regalos

Es imprescindible recalcar que el ofrecimiento o recepción de regalos debe:

  • Limitarse a obsequios razonables y de buena fe.
  • No afectar de manera inapropiada la independencia de juicio del receptor hacia el otorgante.
  • No se contrapongan a las disposiciones establecidas en el Código de Ética y Conducta de SECORSE.
  • No sean ofrecidas o recibidas con demasiada frecuencia o de manera inoportuna.

Política Anticorrupción

Conflicto de Intereses

Cero tolerancias en la existencia de conflicto de intereses entre colaboradores o adscritos de SECORSE con terceros, existiendo intereses personales que puedan influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y responsabilidades.

Política Anticorrupción

Recursos Humanos. Contratación de Personal.

SECORSE debe asegurar que las buenas prácticas para las gestiones de reclutamiento y selección de personal, promoción de puestos, aumentos de sueldos, capacitación y administración de nómina, se cumplan con los lineamientos establecidos.

Vigilando puestos clave expuestos a un alto de riesgo de corrupción, debiendo capacitar y evaluar de manera regular. Ningún colaborador, debe sufrir represalias, discriminación o sanción disciplinaria por reportar de buena fe, violaciones o sospechas fundamentadas a la presente política.

Política Anticorrupción

Tesorería y Finanzas

SECORSE debe asegurar que todas las transacciones financieras se registrarán de acuerdo con los procedimientos internos, debiendo registrar de forma apropiada y clara en los libros de contabilidad correspondientes, debiendo estar disponibles para ser inspeccionados por el área de Auditoría Interna y Dirección General.

No deben existir cuentas “fuera de libros” o secretas y que no puedan emitirse documentos que no reflejen de manera clara y precisa las transacciones a las que se refieren.

No deben existir registros de gastos inexistentes, pasivos clasificados o identificados incorrectamente de acuerdo con su naturaleza u objeto, así como transacciones inusuales que no tengan un propósito legítimo, genuino y autorizado.

Los depósitos en efectivo y transferencias bancarias deben ser monitoreados y validados de acuerdo con las normativas internas

Ninguna contabilidad u otros documentos relevantes se deben destruir intencionalmente antes de lo permitido por la ley.

Se deben realizar auditorías internas, para identificar irregularidades en las transacciones realizadas, vigilando el cumplimiento de las políticas y procedimientos internos aplicables. Proporcionando acciones correctivas apropiadas, si se diera el caso de incumplimientos.

Se debe cumplir con todas las disposiciones legales y las regulaciones fiscales nacionales.